El gobierno reglamentó la ley que promueve la producción industrial del cannabis

El gobierno reglamentó la ley que promueve la producción industrial del cannabis
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Fue mediante el Decreto 405/2023, publicado este lunes 7 de agosto en el Boletín Oficial de la República Argentina y que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y los ministros Carla Vizzotti, Sergio Massa y Agustín Rossi.

La reglamentación de la Ley 27.669 de “Marco regulatorio para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial” llega a poco más de un año y dos meses de su sanción en el Honorable Congreso de la Nación. Dicha normativa permite la producción industrial de productos derivados de la planta o semillas de cannabis, yendo desde cosméticos hasta alimentos.

Este decreto designa como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.669 a la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME). La misma se conforma como un organismo descentralizado que actúa en la órbita de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de la Nación. La idea del gobierno argentino es avanzar con el otorgamiento de 80 licencias para antes de fin de año, a través de la Ventanilla Única de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal.

Desde el gobierno nacional estiman que la industria cannábica podría generar hasta 10.000 puestos de trabajo genuinos, los cuales cubrirían la demanda de unos seis millones de usuarios aproximadamente. “Avanzaremos en dos semanas con los emprendimientos que ya tienen las autorizaciones a través del Ministerio de Salud”, le comentó Francisco Echarren, presidente de ARICCAME, al medio Infobae.

En sus consideraciones, este decreto establece “procedimientos diferenciados para el Cannabis y el Cannabis psicoactivo, por un lado, y para el Cáñamo Industrial y/u hortícola, por el otro” en base a las normativas internacionales ratificadas por Argentina.

Le Ley 27.669 considera, dentro de su marco regulatorio, al cannabis psicoactivo como a aquellas plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de tetrahidrocannabinol (THC). Por lo tanto, hoy en día se podrán elaborar productos a base de la sustancia que no superen dicho porcentaje de TCH.

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