Condenan a dueña de quinta en Ituzaingó a pagar indemnización tras la caída de un árbol en un auto
Bruno Krasnopolsky
El hecho fue durante un alquiler temporario. El Volkswagen Golf sufrió daños severos. La Cámara revocó el fallo de primera instancia.
Un fallo de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón revocó una sentencia de primera instancia y condenó a la propietaria de una quinta en Ituzaingó a pagar una indemnización de 9 millones de pesos a un inquilino, cuyo vehículo quedó destruido tras la caída de un árbol dentro del predio alquilado.
El hecho ocurrió durante la noche del 20 de enero de 2023, en los tramos finales de un contrato de alquiler temporario. Según detalló en la presentación judicial, su Volkswagen Golf se encontraba estacionado dentro del complejo cuando, en medio de lluvias, parte de un árbol se desplomó sobre la estructura del vehículo, provocándole daños considerables.
Ante la negativa de los locadores de hacerse cargo de los arreglos, el damnificado inició acciones legales reclamando una compensación por los gastos de reparación, la privación de uso y la pérdida de valor de reventa del rodado.
El argumento de la tormenta y el fallo de primera instancia
En su defensa, las propietarias reconocieron el suceso, pero se desligaron de toda responsabilidad. Argumentaron que el vehículo estaba mal estacionado y sostuvieron que la caída se debió a un fenómeno meteorológico extraordinario, respaldado por una alerta naranja emitida esa misma noche.
Asimismo, remarcaron que el inmueble se encuentra en una zona ecológicamente protegida donde la poda requiere autorización municipal.
En una primera instancia, el juzgado le dio la razón a las demandadas. El magistrado consideró que la tormenta constituyó un caso fortuito y liberó a la propietaria, además de validar una cláusula del contrato que eximía a la locataria firmante de responsabilidad por accidentes que afectaran bienes durante la estadía.
El giro de la Cámara: responsabilidad de la dueña
Sin embargo, la Sala I del Tribunal de Apelaciones analizó el caso bajo otra óptica y decidió revocar parcialmente la sentencia.
Las juezas determinaron que la responsabilidad recae sobre la propietaria por ser la dueña del predio. Además, concluyeron que la alerta meteorológica no alcanza para probar que hubo vientos extraordinarios que eximieran a la dueña de responder por los daños.
Con base en una pericia, la Cámara fijó una indemnización de 9,1 millones de pesos más intereses por los daños materiales, aunque rechazó los reclamos por privación de uso y desvalorización. La propietaria deberá afrontar la mayor parte de las costas judiciales.

