Condenan a la Línea 216 a pagar casi $30 millones a una automovilista tras un choque en el centro de Ituzaingó

Un colectivo la embistió en Zufriategui y Juncal en 2024. La Justicia determinó la responsabilidad de la empresa de transporte.

Condenan a la Línea 216 a pagar casi $30 millones a una automovilista tras un choque en el centro de Ituzaingó
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La Justicia civil de Morón condenó a la Empresa Línea 216 S.A.T. y a su aseguradora a pagar una indemnización total de casi 30 millones de pesos a una automovilista que sufrió graves heridas tras ser embestida por un colectivo en pleno centro de Ituzaingó.

El hecho ocurrió el 21 de octubre de 2024, minutos antes de las 11:30. La demandante circulaba a bordo de su automóvil por la calle Zufriategui en dirección a Castelar. Al llegar a la intersección con la calle Juncal, su vehículo fue violentamente impactado en el lateral delantero izquierdo por un interno de la Línea 216 que transitaba por la zona.

Como consecuencia del fuerte impacto, el automóvil fue arrastrado varios metros y la conductora quedó atrapada, por lo que debió ser asistida por transeúntes y personal médico, que la trasladaron de urgencia a un centro de salud. Allí se le diagnosticaron politraumatismos, traumatismo craneoencefálico y cervical, además de lesiones en el hombro izquierdo.

Durante el proceso judicial, la empresa de colectivos intentó desligarse de la responsabilidad civil y acusó a la automovilista de haber cruzado de manera imprudente.

Sin embargo, la pericia accidentológica realizada en la causa determinó que fue el colectivo el que embistió con su frente lateral el vehículo menor, desestimando la versión de los demandados. El juez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 remarcó que las empresas de transporte operan bajo una responsabilidad objetiva y que la compañía no logró probar ninguna causal de eximición.

El fallo contempló un monto global de 29.360.000 pesos tasado a valores actuales para garantizar el principio de reparación plena, englobando las secuelas físicas y psicológicas de la víctima, el daño moral, los gastos médicos y la reparación integral de los daños materiales y mecánicos de su vehículo.

La condena recae sobre la Empresa Línea 216 S.A.T. y se hace extensiva a la aseguradora, imponiéndoseles además el pago de las costas del juicio.

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