Edicto
Diario La Ciudad
CONTRATO DE CESION DE HABILITACION
Entre la empresa MERRY CHRISTMAS S.R.L. en este acto representado por la Sra. Marcela Fabiana Chanampa DNI Nº 21.532.275 con domicilio en Calle De Los Payadores N.º 1770 de la localidad de Parque Leloir, Partido de Ituzaingó, Pcia. de Buenos Aires, en su carácter de Socio Gerente de la sociedad según surge del Contrato Social inscripto en la IGJ con numero correlativo 1914696, C.U.I.T. 30-70777333-9, en adelante llamado “LA CESIONARIA”, y ESTELA ETHEL MACHICOTE con DNI Nº 17.231.130, domiciliado en la Avda. Pte. Perón 8409, Parque Leloir, Pdo. de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, quien se presenta en este acto en representación de la firma “CAFÉ DEL PARQUE S.A.”, esta con C.U.I.T 30-70888014-7 y domicilio en la Av. Pte. Perón 8409 de la misma ciudad, en adelante la parte los “EL CEDENTE”, celebran el presente CONTRATO DE CESION DE HABILITACION:
EL CEDENTE cede a LA CESIONARIA la Habilitación Municipal emitida por la Municipalidad de Ituzaingó con fecha 17/05/20213, Expediente N.º 140-326/08, Inscripción N.º 3469. El rubro de la misma es Restaurante-Café Bar con atracciones. Deberá prever 60 m2 para estacionamiento en módulos de 15 m2 cada uno.
LA CESIONARIA acepta en este acto la cesión de la habilitación mencionada como parte de la operación de compra del inmueble efectuada al CEDENTE.
Es prueba de conformidad y para su cumplimiento se firman dos ejemplares para cada una de las partes, a un solo efecto y de un mismo tenor, en la ciudad de Ituzaingó, a los 19 (dicinueve) días del mes de Junio del 2025.
El Juzgado de Familia N° 3 Departamental Moron, a cargo de la Dra. Norma Gladys Vazquez, Secretaria Unica, sito en la calle Colon 151 Planta Baja, Sector G, cita y emplaza a los Sres. MONICA RODRIGUEZ DNI:43.904.450 y FERNANDO RODRIGO MARECO DNI: 41.899.604 en el marco de la causa caratulada "RODRIGUEZ ALEX Y OTRA S/ MATERIA A CATEGORIZAR.-" N° 47826/2025, cítese a los fines dispuestos por el Art. 609 inc. b) del CCyC a presentarse dentro de los 5 días de notificados de la presente a una audiencia en sede judicial; debiéndose publicar el mismo por el plazo de 2 días y sin cargo en el diario de mayor circulación del Municipio de Merlo, bajo apercibimiento ante la incomparecencia injustificada de la misma, de tenerse por cumplida con la normativa citada ( art. 609 CCyCN), como así para el supuesto de falta de contestación de nombrarle un Defensor Oficial para que la represente en la presente proceso. Morón, 29 de abril de 2026 Firmado BORTHIRY Elena Beatriz