Edicto Judicial
Diario La Ciudad
JUZGADO FEDERAL NRO. 2 – SECRETARÍA CIVIL DE SANTIAGO DEL ESTERO El JUZGADO FEDERAL No 2 con asiento en la Ciudad de Santiago del Estero a cargo del Dr. SEBASTIAN DIEGO ARGIBAY- Juez Federal- Secretaría Civil a cargo del Dr. RICARDO MARCELO TAHHAN, en autos caratulados “DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD C/ ARIAS DE GRECO MARTA MANUELA y OTROS S/EXPROPIACION” Expte. FTU 004145/2014, cita y emplaza a los herederos de la Sra. Jesús Audelina Arias para que, en el plazo de treinta días, comparezcan al juicio a estar a derecho, por si o bajo representación legal, haciéndole saber que vencido el plazo de los edictos sin que comparezcan los citados se nombrará al Defensor Oficial como su representante legal. A los fines de ley que pudiere corresponder debe tenerse en cuenta que al inmueble objeto del litigio se lo identifica en Departamento Sarmiento, Distrito Guaipe, lugar Corral grande Provincia de Santiago del Estero Inmueble Parte de “fracción de Terreno”, Parte del Lote 1 de “Corral Atún”- N° Padrón 25-0-00046- Dominio M.F.R. 25- 0282 (20.7.88). Superficie parcial afectada es de 6 HA. 30 A. 89,34 CA. Asimismo, se les hace saber que en los referidos autos se han dictados las siguientes providencias: “Santiago del Estero, 20 de octubre del 2014.- Agréguese y téngase presente lo manifestado.
Proveyendo la demanda incoada: Téngase por dirigida acción de expropiación en contra de Marta Manuela Arias de Greco, Eulalia Arias de Rivero, Jesús Audelina Arias de Vallejo, Selva Arias, Ana María Arias y Sucesores de Osvaldo Arias, la que tramitará por el Proceso Ordinario que señala el Libro II Titulo II Capítulo I del Código de Procedimiento en lo Civil y Comercial de la Nación conforme lo preceptúa su Art. 319 (con las Reformas de la ley No25.488).- Cítese a los demandados mediante Cedula Ley 22.172
o mediante Cedula según corresponda, en la forma dispuesta por el art. 339 y sstes. del CPCCN y en los plazos determinados por el Art. 19 de la Ley 21.499 como por los arts. 338 (primer párrafo) y, en caso de corresponder, por el Art. 158 del citado Código en razón de la distancia, a fin de que comparezca al juicio y conteste la demanda. Atento constancia de fs. 4 (Resolución del Tribunal de Tasación), de fs. 20 (depósito efectuado en concepto de indemnización), lo manifestado respecto a la notificación a los demandados en virtud del art. 13 de la Ley 21.499 bajo estricta responsabilidad del accionante, y lo normado por el art. 22 de la Ley 21499 acuérdese al accionante en los términos del art. 26 de la Ley 21.499, la inmediata posesión del inmueble en cuestión en la persona que se indica oficiándose a esos fines al Sr. Oficial de Justicia del Juzgado con los alcances del art. 214 del CPCCN, circunstancia ésta que deberá hacerse conocer al demandado en oportunidad de efectuarse el traslado de la demanda. Así también, ofíciese al Registro General de la Propiedad Inmueble para la anotación de la presente litis (art. 24 de la Ley No21.499).- Fdo: Dr. Guillermo MOLINARI –Juez.” “Santiago del Estero, 11 de agosto del 2022.- … En cuanto a la co – accionada Jesús Audelina Arias, resultando acreditado en autos su fenecimiento; conforme lo establecido por los art. 43o y 53o inc. 5o de CPCCN. cítese a sus derechohabientes por medio de edictos a publicarse durante dos días consecutivos en los diarios de mayor circulación, correspondientes al domicilio sito en calle Carmen de Avellaneda No 550, Partido Ituzaingo, Provincia de Buenos Aires; así como en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA), en la forma establecida por los art.146o,147o y 343o del citado Código y a los fines de que comparezcan a estar a derecho en el plazo de 30 días a contar desde la primera publicación de los edictos respectivos; bajo apercibimiento de nombrarse un Defensor Oficial.- Fdo.: Dr. SEBASTIAN DIEGO ARGIBAY, Juez –Dr. RICARDO TAHHAN, Secretario.” Secretaría, de agosto del 2022. PUBLICAR POR DOS DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA NACIÓN. Dr. SEBASTIAN DIEGO ARGIBAY Juez -RICARDO TAHHAN SECRETARIO JUZGADO FEDERAL NRO. 2 SANTIAGO DEL ESTERO Dr. SEBASTIAN DIEGO ARGIBAY Juez – RICARDO TAHHAN SECRETARIO JUZGADO FEDERAL NRO. 2 SANTIAGO DEL ESTERO.-
CONTRATO DE CESION DE HABILITACION
Entre la empresa MERRY CHRISTMAS S.R.L. en este acto representado por la Sra. Marcela Fabiana Chanampa DNI Nº 21.532.275 con domicilio en Calle De Los Payadores N.º 1770 de la localidad de Parque Leloir, Partido de Ituzaingó, Pcia. de Buenos Aires, en su carácter de Socio Gerente de la sociedad según surge del Contrato Social inscripto en la IGJ con numero correlativo 1914696, C.U.I.T. 30-70777333-9, en adelante llamado “LA CESIONARIA”, y ESTELA ETHEL MACHICOTE con DNI Nº 17.231.130, domiciliado en la Avda. Pte. Perón 8409, Parque Leloir, Pdo. de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, quien se presenta en este acto en representación de la firma “CAFÉ DEL PARQUE S.A.”, esta con C.U.I.T 30-70888014-7 y domicilio en la Av. Pte. Perón 8409 de la misma ciudad, en adelante la parte los “EL CEDENTE”, celebran el presente CONTRATO DE CESION DE HABILITACION:
EL CEDENTE cede a LA CESIONARIA la Habilitación Municipal emitida por la Municipalidad de Ituzaingó con fecha 17/05/20213, Expediente N.º 140-326/08, Inscripción N.º 3469. El rubro de la misma es Restaurante-Café Bar con atracciones. Deberá prever 60 m2 para estacionamiento en módulos de 15 m2 cada uno.
LA CESIONARIA acepta en este acto la cesión de la habilitación mencionada como parte de la operación de compra del inmueble efectuada al CEDENTE.
Es prueba de conformidad y para su cumplimiento se firman dos ejemplares para cada una de las partes, a un solo efecto y de un mismo tenor, en la ciudad de Ituzaingó, a los 19 (dicinueve) días del mes de Junio del 2025.