"La Crueldad Avanza": Milei ya vetó la ley para discapacitados y el aumento a los jubilados
Sebastian Sanguinetti
La ley aprobada en ambas cámaras implicaba un aumento real para todos los haberes y pensiones del 7,2% y un incremento para el bono, que pasaba de $70 mil a $110 mil

El presidente Javier Milei firmó este sábado el veto a las leyes que proponen aumento en las jubilaciones y la declaración de emergencia en discapacidad. La decisión se oficializará con la publicación de los decretos en el Boletín Oficial del próximo lunes.
La ley aprobada en ambas cámaras implicaba un aumento real para todos los haberes y pensiones del 7,2% -excepto los regímenes especiales- y un incremento para el bono, que pasaba de $70 mil a $110 mil y se actualizaba por inflación. Además, la norma implica la restitución por dos años de la moratoria que permite que las personas sin los 30 años de aportes puedan comprar los saldos faltantes para acceder al haber mínimo.
Emergencia en Discapacidad
El proyecto de ley declaraba la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2027. Su objetivo principal, según el texto, es efectivizar el cumplimiento de las obligaciones del Estado asumidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional.
Las claves de la iniciativa eran:
Financiamiento de pensiones: disponer el financiamiento adecuado y sostenible de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad.
Apoyo a prestadores: fortalecer a los prestadores de la Ley 24.901 con un régimen de emergencia para la regularización de deudas tributarias y de la seguridad social. Esto incluye la condonación de intereses y multas, y la refinanciación de planes de pago.
Actualización de aranceles: implementar la actualización mensual del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, una de las demandas centrales del sector.
Financiamiento de la ANDIS: asegurar los fondos para el funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad y sus programas.
Empleo protegido: garantizar el cumplimiento de la Ley 26.816 de Empleo Protegido, con la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Cómo cambiaba el sistema de pensiones no contributivas
Uno de los capítulos más relevantes de la ley es la modificación de la Ley 13.478 para crear la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Esta prestación consiste en el pago mensual de un monto equivalente al setenta por ciento (70%) del haber mínimo jubilatorio garantizado, actualizable según la movilidad vigente.
Para acceder a ella, los solicitantes debían cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar la condición de discapacidad con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Ser ciudadano argentino o extranjero con una residencia legal mínima y continuada de cinco años.
No percibir ingresos económicos netos individuales iguales o superiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
No ser titular de otro plan o programa de pensión no contributiva.
Aprobar una evaluación socioeconómica realizada por la Agencia Nacional de Discapacidad.
Qué beneficios establecía para los prestadores de servicios
El proyecto buscaba dar una respuesta a la crisis que atraviesan los prestadores del sistema, como centros de día, transportistas y profesionales de la salud. Para ello, declara de interés público nacional los servicios que brindan en el marco de la Ley 24.901.
Qué otras modificaciones legales incluía la ley
La iniciativa también buscaba armonizar la legislación argentina con los estándares internacionales. En este sentido, modifica la Ley 22.431 para adoptar la definición de persona con discapacidad establecida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Se faculta a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que, en articulación con el Consejo Federal de Discapacidad, establezca los nuevos lineamientos para la certificación de la discapacidad, con una concepción multidimensional y dinámica.
