Precio de góndola o precio de caja: ¿que dice la ley y a quien reclamar?
Diario La Ciudad
Los sucesivos aumentos de precios que se han dado estas últimas semanas han generado un total y absoluto desorden en la oferta de productos en los supermercados. Un precio en la góndola y otro en la caja, un conflicto que se repite y que preocupa a los consumidores que al darse cuenta, intentan reclamar a veces sin resultado.
¿Pero qué es lo que el comercio debe cobrar según la Ley de Defensa del Consumidor?
Vale el precio de góndola
“Tienen que cobrar el precio que figura en las góndolas. Porque, jurídicamente, las ofertas son las que figuran en las góndolas. Entonces, por más que en la caja nos quieran decir ‘cambió el dólar hace un minuto’ o ‘vinieron nuevos precios’, el precio de góndola hay que hacerlo respetar. Eso no ocurre solamente en un supermercado. Vamos a suponer el caso de una sastrería y vemos un saco con un precio en la vidriera pero dentro del local nos lo cambian. Se debe respetar el que está en la vidriera, lo dice la ley y hay bastante jurisprudencia al respecto”, aseguró Osvaldo Riopedre abogado de ADECUA, la asociación de defensa de usuarios y consumidores.
“Es importante que la gente conozca que hay una Ley de Defensa del Consumidor. Muchas veces no es respetada pero, si uno se pone firme, hay que respetarla y si no hay que hace la denuncia”, agregó el representante de ADECUA.
Que las góndolas indiquen un precio diferente al que luego se termina pagando en la caja, es un claro supuesto de “publicidad engañosa” que puede ser denunciado ante los organismos de Defensa del Consumidor, además de infringir la Ley 24.240.
El artículo 8 de la misma, bajo la denominación “Efectos de la publicidad”, establece que “las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente”.
Ahora, ¿qué pasa si un producto no tiene precio en la góndola? Hay que pedir que le digan cuál es el precio del producto si no lo encuentra en la góndola. Algunos supermercados e hiper tienen un lector de códigos para informarlos. Esos comercios tienen la obligación de exhibir los precios de los productos en forma clara, que se puedan ver y leer con facilidad.
Lo importante es que hoy, con el uso de la tecnología, se puede fotografiar la góndola donde apareció la diferencia y llevar el ticket de compra a la Dirección de Defensa del Consumidor. En el comprobante de pago debe especificarse el producto como la cantidad adquirida de manera clara, con el precio respectivo.
La Dirección Nacional de Defensa al Consumidor brinda una línea de atención gratuita para el consumidor y un correo electrónico mediante los cuales podemos denunciar esta práctica abusiva e ilegal: el número telefónico es el 0800-666-1518, de lunes a viernes de 9 a 18, y el correo electrónico es consultas@consumidor.gob.ar.
¿Qué derechos tenés y qué leyes te protegen?
• Los comercios están obligados a exhibir sus productos con sus respectivos precios y a respetar ese precio publicado (Obligatoriedad de exhibir precios : resolución 07/2002)
• Derecho a la información cierta, clara, detallada y veraz: art 4 ley 24240
• Derecho a exigir que se me respete promociones: art 7 ley 24240.
• Derecho a que no te induzcan a error sobre la existencia o disponibilidad de mercadería, que no “acopien” productos especulando con su precio: ley 26991 nueva regulación sobre relaciones de producción y consumo, art 10 DNU 274/2019, ley de Defensa de la Competencia.
• Que se sancionen las prácticas abusivas (ej. Restringir o limitar la cantidad de productos que deseo comprar) art 2 y 3 ley 27442 (defensa de la Competencia)
Sacá foto de la infracción y enviala junto a los datos del comercio a la oficina de defensa del consumidor más cercana a tu domicilio.
• Vía web, para todo el país: www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor