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Megadecreto de Macri: Si no pagas el peaje la multa puede llegar a los 40.000 pesos

A partir de ahora, la falta de pago del peaje en las autopistas y rutas nacionales pasa a ser considerada una falta de gravedad similar al hecho de manejar alcoholizado o drogado. El decreto equipara la falta de pago a las  contravenciones del articulo 77 de la ley de nacional de transito que enuncia aquellas faltas que resulten “atentatorias a la seguridad del tránsito”
El no pago del peaje se equipara en términos de sanciones y multas a las siguientes faltas graves que están tipificadas en la ley nacional de tránsito: conducir sin carnet, falta de documentación, circular sin patentes o sin seguro, no tener la VTV al día y manejar vehículos de transporte de pasajeros sin habilitación. Para estos casos las multas pueden llegar hasta los $ 40.000 pesos en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires

Salvo en la provincia de Córdoba y en las autopistas urbanas porteñas donde sí son penalizados con multas y quitas de puntos, en las restantes autopistas y rutas nacionales no existían hasta ahora sanciones para los automovilistas que se negaban a pagar el peaje.
Aquella persona que no abonaba por falta de dinero o no quería hacerlo por estar en contra de la privatización de las rutas, podía cruzar la estación de peaje luego de completar un formulario en la oficina de atención al usuario.
Por medio de ese formulario, el conductor era autorizado a pasar sin pagar a cambio de que aceptara reconocer una deuda de peaje que en la práctica nunca era reclamada con posterioridad.
A partir de ahora, eso dejará de regir y el que pase las barreras sin pagar comenzará a acumular fuertes multas económicas similares a las vigentes por infracciones graves y transgresiones de tránsito.
Disuelven el Organo de control de las autopistas (OCCOVI)
Otro punto polémico del Megadecreto del Presidente Macri es la desaparición del órgano de control de las empresas concesionarias de las autopistas. El superdecreto justifica esa decisión con el simple argumento de que “resulta necesario arbitrar las medidas tendientes a reorganizar y centralizar todas las cuestiones relativas al control de las concesiones de obras viales y las funciones de Vialidad Nacional con el propósito de racionalizar, simplificar y tornar más eficiente la gestión pública y optimizar la utilización de sus recursos”.
Sin más explicaciones, la norma destaca que “resulta procedente disolver el OCCOVI y transferir sus competencias, objetivos, funciones y personal a la Dirección Nacional de Vialidad”.
De esta manera, queda planteado transitoriamente un marcado vacío legal y regulatorio en lo que concerniente al control y fiscalización de los contratos de concesiones viales que estaban bajo la órbita del OCCOVI.
Dicho ente regulador había sido creado para controlar y sancionar los incumplimientos de las empresas concesionarias de las autopistas. Hoy, por aplicación del megadecreto, ese control en la practica ha desaparecido

Diario La Ciudad

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